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sexta-feira, 7 de março de 2008

Espanha: 5 dias antes das eleições proibidas sondagens (I)

Segundo o "El Mundo", "la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación". Este artículo de la Ley del Régimen Electoral General data de 1985 y puede parecer más o menos acertado, pero lo cierto es que ha quedado completamente obsoleto debido a Internet. No tiene sentido prohibir a los medios españoles que publiquen sondeos cuando cualquier internauta puede acceder a ellos si lo hacen 'The Times' o 'El El Periòdic d'Andorra' en sus ediciones digitales. Tampoco lo tiene impedir que los difundan cuando hay cientos de blogs —medios de comunicación a pequeña escala— que lo hacen. Pero ya no se trata sólo de los grandes sondeos. Ahora todos los medios digitales ponen en marcha sus propias encuestas sobre intención de voto. Y cualquiera que tenga un blog o una página web tiene a su disposición herramientas gratuitas con las que puede hacerlo. ¿Tiene algún sentido obligarles a interrumpirlas cinco días antes de las elecciones? ¿Qué diferencia hay? La Junta Electoral Central, que debería actuar contra quien vulnere la ley, dice que no lo hace de oficio. Sólo si hay una denuncia. ¿Hay alguien dispuesto a hacerla? No ya contra los grandes sitios informativos, sino contra los cientos de blogueros que —seguro que en la mayoría de los casos inconscientemente— vulneran o vulnerarán esta ley".

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